Mediante decreto firmado este jueves, el alcalde de Cali, Maurice Armitage, estableció los horarios y restricciones de movilización de los vehículos que circulan en la capital del Valle.
En el caso de los vehículos de servicio particular, servicio oficial y los que circulan como vehículos especiales que sean máximo de cinco puestos, la restricción empieza el lunes 15 de enero y va hasta el 30 de junio, desde las 6:00 de a.m. hasta las 10:00 a.m. y de 4:00 p.m. a 8:00 pm.
La restricción depende del último dígito de la placa así:
Lunes, vehículos cuyas placas terminen en 3 y 4
Martes, los carros con placas terminadas en 5 y 6
Miércoles, los coches con placas terminadas en 7 y 8
Jueves, para vehículos cuyas placas finales sean 9 y 0
Viernes, los carros con restricción serán los que tengan placas 1 y 2
Sábado, domingo y festivos no habrá restricción.
El decreto determina 13 clases de excepciones entre las que se encuentra las caravanas presidenciales, ambulancias y los vehículos adscritos al Ministerio de Defensa. Los interesados que cumplan con los requisitos deben solicitar su exclusión a la medida ante la secretaría de Gobierno.
Para los taxis, la medida rige a partir de la fecha de su publicación y va de lunes a domingo, desde las 6:00 a.m. hasta las 5:00 de la mañana del día siguiente.
Este viernes 5 de enero le corresponde el pico y placa a los taxis cuyas placas terminan en 5 y 6; el sábado 6 los taxis con restricción serán los que terminan en 7 y 8; domingo 7 le corresponde el turno a los taxis cuyo últimos dígitos sean el 9 y el 0. Sucesivamente, se rotan diariamente hasta el 30 de junio.
Finalmente, el decreto restringe la circulación para los vehículos de servicio público en la modalidad de colectivo urbano de pasajeros (bus, buseta y microbús). Para estos, la restricción se inicia con la publicación del decreto y va hasta el 30 de junio. El horario en que no pueden circular está comprendido entre las 5:00 de la mañana y las 10:00 de la noche, todos los días de la semana con rotación diaria.
Este viernes 5 de enero, la prohibición para circular en el tiempo referido anteriormente es para los vehículos con el último dígito de su placa terminado en 4 y 5.
MINUTO30